Para los que aun dudadn...
Artículo 61.- Los servidores públicos de carrera que obtengan resultados no satisfactorios en su segunda evaluación de capacitación, serán separados de su puesto y el Sistema, y en consecuencia causarán baja del Registro.
Artículo 61.- Los servidores públicos de carrera que obtengan resultados no satisfactorios en su segunda evaluación de capacitación, serán separados de su puesto y el Sistema, y en consecuencia causarán baja del Registro.
El texto completo del reglamento (22 páginas en formato PDF) se puede obtener directamente haciendo clic aqui. o buscándolo por su nombre en la página gubernamental http://www.normateca.gob.mx.